¿Qué es el padrón de importadores y cuáles son sus sectores específicos?

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Uno de los requisitos primordiales para las personas físicas y morales interesadas en comenzar a importar productos del extranjero es estar inscritas al padrón de importadores ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). La principal finalidad de este trámite es que las instancias gubernamentales lleven un control sobre las actividades de comercio exterior que se realicen dentro de México.

 

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¿Qué es el padrón de importadores?

El padrón de importadores es un trámite que tiene como fundamento legal el Reglamento de la Ley Aduanera, específicamente en el primer párrafo del artículo 82, y en las Reglas Generales de Comercio Exterior en la regla 1.3.2, donde se establece que toda persona física y moral, sin excepción, debe estar registrada antes de importar productos por primera vez. Este padrón es regulado por el SAT a través de la Administración General de Aduanas (AGA) y, como ya se ha mencionado, su finalidad es la de controlar las operaciones de comercio exterior; no obstante, también tiene metas más específicas, como lo son la de detectar situaciones como el fraude aduanero y el contrabando; evitar la economía informal; prevenir la evasión fiscal y fomentar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

 

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¿Cuáles son los sectores específicos?

Además de este trámite, existe también un registro adicional denominado como “padrón de importadores de sectores específicos”, que está dirigido a aquellas personas físicas o morales que deseen ingresar al país ciertas mercancías que son consideradas como sensibles para la economía nacional. Dichos productos pertenecen a diversas categorías que a su vez se encuentran enlistados en las fracciones arancelarias del anexo 10 de las Reglas de Carácter General en materia de comercio exterior, las cuales son las siguientes:

  • Productos químicos.
  • Radiactivos y nucleares.
  • Precursores químicos y químicos esenciales.
  • Armas de fuego y sus partes, refacciones, accesorios y municiones.
  • Explosivos y material relacionado con explosivos
  • Sustancias químicas, materiales para usos pirotécnicos y artificios relacionados con el empleo de explosivos.
  • Las demás armas y accesorios. Armas blancas y accesorios. Explosores.
  • Máquinas, aparatos, dispositivos y artefactos, relacionados con armas y otros.
  • Cigarros.
  • Calzado.
  • Textil y confección.
  • Alcohol etílico.
  • Hidrocarburos.
  • Siderúrgico.
  • Productos siderúrgicos.
  • Automotriz.

 

El motivo por el que existe este padrón de sector específicos es porque el gobierno federal busca prevenir y detectar las prácticas que afecten a los grupos productivos del país así como para salvaguardar tanto la salud pública como la seguridad nacional. Por lo tanto, todas las mercancías que se incluyan en alguno de estos sectores requieren de una autorización especial vigente para que puedan entrar legalmente al país y puedan ser comercializadas posteriormente.

En caso de no contar con los permisos necesarios y de ingresar marcas comerciales no registradas en la Resolución Miscelánea Fiscal se provocará la baja del padrón de importadores y tendrá que volverse a tramitar en un futuro.

 

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¿Qué requisitos se necesitan para inscribirse?

El artículo 59 de la Ley Aduanera establece que, para inscribirse al padrón de importadores, los interesados deben encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, así como también acreditar que se encuentran registrados en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Además, otros requisitos que fija tanto dicha Ley como el SAT son los siguientes:

  • Contar con e.firma avanzada vigente.
  • Presentar la constancia de cumplimiento de las obligaciones fiscales, prevista en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
  • Tener un domicilio fiscal localizado o en proceso de verificación.
  • Acuse que acredite que actualizó su correo electrónico para efectos del Buzón Tributario.
  • Para el caso de personas físicas, acreditar que realizan actividades empresariales en términos de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.
  • Registrar en el formato electrónico a los agentes aduanales que realizarán sus operaciones de comercio exterior, en cumplimiento a la obligación prevista en el artículo 59, fracción III, segundo párrafo de la Ley Aduanera vigente.

 

La inscripción al padrón de importadores es gratuita y se puede realizar en línea en la página web del SAT, cuyo proceso es el siguiente:

  • Ingresar el RFC o e.firma junto con la clave privada. 
  • Ingresar el número de patente de los agentes aduaneros que brindarán el servicio.  
  • En caso de ser necesario, se debe ingresar el sector específico al completar la solicitud. 
  • Dependiendo del sector elegido, se debe adjuntar información complementaria.
  • Cuando se envíe esta información, se podrá acceder a una vista preliminar. 
  • Se debe confirmar la información a través de la firma electrónica. 
  • Cuando concluya la solicitud, se obtendrá un acuse de inscripción.

 

Una vez concluidos estos pasos, se quedará oficialmente registro en el padrón y podrán llevarse a cabo la compra de productos extranjeros.

Como se ha visto, tramitar el alta de este padrón es indispensable para los que se dedican a este tipo de actividades comerciales, ya que, de no conocer los sectores específicos, el ingreso de esas mercancías será considerado como ilegal.

 

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Fuentes: Facturama

 

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